Múltiples incógnitas frente al registro del fungicida basado en ARNi, de la empresa GreenLight Biosciences - Alianza por la Salud Alimentaria

Múltiples incógnitas frente al registro del fungicida basado en ARNi, de la empresa GreenLight Biosciences

  • México es un país megadiverso y centro de origen y diversificación de múltiples cultivos, no debe ser campo de experimentación para tecnologías cuyos riesgos no hayan sido evaluados de manera integral.
  • Exigimos transparencia sobre el proceso de autorización de este fungicida basado en interferencia de ARN (ARNi).
  • La innovación no puede estar por encima de la vida y debe prevalecer el Principio de Precaución.

Logotipo de la Campaña Sin Maíz no hay País

Ciudad de México, 21 de septiembre, 2026. El pasado 12 de agosto, en el evento “México líder en biotecnología”1 autoridades del gobierno federal ―encabezadas por la Secretaría de Economía, la Secretaría de Salud, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris)― anunciaron que México es el primer país del mundo en registrar y comercializar un fungicida basado en ARN de interferencia (ARNi), de la empresa GreenLight Biosciences.

Cofepris autorizó el fungicida para aplicación al cultivo de la vid, con permiso vigente hasta junio de 2031.2

La empresa anunció en el evento de la Secretaría de Economía su intención de presentar al menos otros 10 productos ante Cofepris en los próximos años, incluyendo fungicidas, acaricidas y herbicidas, lo que podría representar una expansión de esta plataforma tecnológica y de este modelo de negocio en México.

Desde la Campaña Nacional Sin Maíz No Hay País expresamos una profunda preocupación y exigimos información pública, evaluación científica independiente sin conflicto de interés y un debate abierto sobre los riesgos que conlleva esta tecnología frente al modelo agrícola y alimentario que el Estado mexicano está promoviendo:

México es uno de los países megadiversos del planeta y centro de origen y diversificación de múltiples cultivos

En apego al Convenio de Diversidad Biológica y de legislaciones nacionales como la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, el Estado mexicano está obligado a aplicar el Principio de Precaución, antes de la liberalización y autorización de estas tecnologías.

No obstante, durante el discurso emitido en la presentación no se compartió información sobre su procedimiento de aprobación.

    ¿Qué tipo de regulación se atendió, en lo relativo a las bacterias genéticamente modificadas que se involucran en su proceso productivo (uso confinado de OGM)?,

    ¿Qué estudios se realizaron para evaluar la especificidad de las secuencias de ARN y los posibles efectos adversos (off target) y sobre organismos no objetivo?,

    ¿Se han considerado recomendaciones internacionales sobre la evaluación de riesgo ambiental, como las desarrolladas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para plaguicidas con interferencia del ARN?3

La existencia de una incipiente literatura científica no elimina la necesidad de realizar evaluaciones específicas para cada producto, formulación, vía de exposición y contexto ambiental.

Una aprobación exige transparencia, más aún si es tan acelerada

El plaguicida fue aprobado en fast-track, en sólo 9 meses, en comparación con la Unión Europea donde aún se sigue debatiendo la seguridad a largo plazo de la tecnología de interferencia por ARN.

Para un producto que es aprobado por primera vez en el mundo, es indispensable explicar:

    ¿Qué procedimiento para evaluar el riesgo toxicológico siguió Cofepris?,

    ¿Cómo evalúo la Semarnat el riesgo ecotoxicológico?,

    ¿Senesica-Sader evalúo sólo su “eficacia biológica”?,

    ¿En qué estudios se sustentaron dichas evaluaciones técnicas?,

    ¿Se consideró sólo la información proporcionada por la empresa y protegida bajo secreto comercial o se tomó la opinión de expertos sin conflicto de interés con la industria? y

    ¿Se consideran alternativas de menor riesgo para controlar la plaga que se pretende controlar?

Se debe dar una explicación detallada de estas interrogantes para garantizar suficiente escrutinio público y revelar las fuentes de evidencia y de financiamiento.

La instalación de una planta de manufactura también requiere transparencia

En el evento de presentación del 12 de agosto se señaló que “se habilita la construcción de una planta de manufactura en la Ciudad de México”.

    ¿Se presentó ante la autoridad competente el aviso de utilización confinada correspondiente a la producción de los microorganismos genéticamente modificados utilizados en el proceso industrial?,

    ¿Qué autoridad recibió y evaluó dicho aviso y qué medidas de bioseguridad fueron establecidas?,

    ¿Qué estudios realizó Cofepris para evaluar el riesgo toxicológico y verificar que las cepas bacterianas modificadas genéticamente y que serán utilizadas no representen un peligro para los trabajadores de la planta o la población urbana aledañas?,

    ¿Cómo evaluó Semarnat el impacto y riesgo ecotoxicológico si la liberación (en los residuos o accidental) de estos microorganismos genéticamente modificados puede alterar los ecosistemas locales, el suelo o los mantos acuíferos?

La formulación es parte sustantiva de la tecnología y debe evaluarse como tal

En los plaguicidas basados en interferencia de ARN, el comportamiento del dsRNA no depende sólo de su secuencia, sino también de los componentes que lo acompañan y que pueden modificar su estabilidad, persistencia, adherencia, penetración y disponibilidad después de la aplicación.

Una formulación diseñada para proteger el ARN de la degradación o favorecer su incorporación al organismo objetivo puede modificar también su permanencia en el ambiente y la exposición de organismos no objetivo.

Por ello, no basta con evaluar la molécula de ARN de manera aislada: es necesario evaluar la formulación comercial completa, sus componentes, propiedades y comportamiento en el ambiente, incluyendo su destino en suelo y agua, y sus posibles efectos sobre organismos no objetivo.

La propia OCDE señala que las formulaciones que buscan aumentar la estabilidad ambiental o la incorporación del dsRNA requieren pruebas empíricas específicas.

La sostenibilidad requiere una evaluación integral

En el evento de presentación del fungicida se señaló que “se sustituirán los plaguicidas por tecnologías más sostenibles”, y que “el producto, que está ya disponible en pequeñas proporciones, sustituye plaguicidas químicos de alto riesgo, permite controlar plagas de manera específica, reduciendo la dependencia de agroquímicos derivados del petróleo y mitigando su impacto ambiental”.

Sin embargo, en ausencia de evidencia científica sobre la bioseguridad de este fungicida desde su producción hasta su aplicación, debe aplicarse el principio de precaución. La pregunta no es si puede sustituir otros agroquímicos sino:

    ¿Qué impactos genera la tecnología, quién obtiene sus beneficios y quién asumirá sus posibles costos ambientales, sociales y económicos?

Está en juego la soberanía alimentaria

Cuando una nueva tecnología agrícola se presenta como una solución ambientalmente benéfica, pero se analiza sólo desde la innovación empresarial o eficiencia productiva, debemos preguntarnos:

    ¿Qué modelo agrícola fortalece y quién tendrá capacidad para decidir sobre él?

La soberanía alimentaria implica autonomía de los pueblos y comunidades sobre sus territorios, semillas, agua y formas de producir alimentos.

Por ello, debemos conocer:

    ¿Cuál será el costo para las personas productoras agrícolas?,

    ¿Generará dependencias económicas o tecnológicas? y

    ¿Qué impactos tendrá sobre los sistemas alimentarios y campesinos?

 
Por todo lo anterior exigimos:

    1. Transparencia y rendición de cuentas. La publicación íntegra del expediente técnico, científico y regulatorio que sustentó la autorización, incluyendo las evaluaciones de riesgo, instituciones y especialistas participantes, los posibles conflictos de interés y las condiciones bajo las cuales fue aprobado el fungicida con ARNi y la instalación de la planta de manufactura.

    2. Evaluación integral e independiente bajo el Principio de Precaución. Evaluación científica independiente de los posibles impactos ambientales, sanitarios, sociales y económicos, considerando biodiversidad, agua, territorio, residuos y posibles efectos sobre los sistemas agrícolas y ecosistemas.

    3. Participación y soberanía alimentaria. La participación efectiva de comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos, campesinos, sociedad civil y academia, en la evaluación social de la pertinencia de dichos desarrollos tecnológicos frente a otras alternativas agroecológicas de menor riesgo y las decisiones sobre su uso, así como una discusión pública sobre las implicaciones para la autonomía campesina, la biodiversidad, los bienes comunes, la soberanía alimentaria y la bioseguridad.

    4. Fortalecimiento institucional y mecanismos de gobernanza. Para garantizar que las decisiones sobre tecnologías agrícolas respondan al interés público, protejan la biodiversidad, los bienes comunes y los sistemas alimentarios, debe acompañarse del fortalecimiento de las instituciones y mecanismos de gobernanza del sistema alimentario, incluyendo la publicación del Reglamento de la Ley General de Alimentación Adecuada y Sostenible (LGAAS) y la instalación y operación efectiva del CIN y Sinsamac, así como de mecanismos claros, públicos y verificables para prevenir, identificar y gestionar conflictos de interés en los procesos de evaluación y toma de decisiones públicas.

Por ello, consideramos que en lugar de que, nuestras autoridades se ufanen de que somos el primer país en autorizar este fungicida de silenciamiento genético, es urgente impulsar un debate científico público sobre esta biotecnología y sus efectos en nuestra biodiversidad.

Campaña Nacional Sin Maíz No Hay País

Alianza por la Salud Alimentaria

__________________________

1 Secretaría de Economía. México líder en biotecnología. YouTube; 12 de agosto 2026, citado 15 sep 2026. Disponible en: https://siipris03.cofepris.gob.mx/ nible en: https://www.youtube.com/watch?v=9Im5Ee76iBc

3 Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). Consulta de registros de plaguicidas y nutrientes: Registro RSCO-FUNG-0675-X0808-375-1.01 [Internet]. Ciudad de México: Cofepris.

3 OECD. Considerations for the Environmental Risk Assessment of the Application of Sprayed or Externally Applied ds-RNA-Based Pesticides [internet]. Paris 2020 (Citado 15 sep 2026) Disponible: https://doi.org/10.1787/576d9ebb-en

 
Ícono de descarga archivo PDF

Descarga comunicado de prensa aquí

comments powered by Disqus