Declara la OPS/OMS la necesidad del impuesto al refresco en México como medida de salud pública - Alianza por la Salud Alimentaria

Declara la OPS/OMS la necesidad del impuesto al refresco en México como medida de salud pública

  • La OMS y sus estados miembros han expresado de manera concluyente que el consumo de bebidas con elevado contenido de azúcar son nocivos a la salud.
  • La OPS/OMS reconoce al Estado mexicano su preocupación y voluntad política para combatir el problema de la obesidad en México, reflejada en su propuesta de Reforma Hacendaria al establecer un impuesto especial a las bebidas azucaradas como medida de reducción de la demanda.

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México, D.F. 17 de octubre, 2013. La OMS y sus estados miembros han expresado de manera concluyente que el consumo de bebidas con elevado contenido de azúcar son nocivos a la salud.

De conformidad con la evidencia científica, el consumo de azúcares en exceso en cualquiera de sus formas (sacarosa, fructosa, glucosa, etc.) brinda sólo calorías vacías lo que contribuye al aumento de peso y al desequilibrio hormonal. El aumento en el consumo de las bebidas azucaradas, incluidos los refrescos en todas las edades y grupos étnicos está relacionado con el aumento de la incidencia del síndrome metabólico (ligado al sobrepeso y la obesidad), así como resistencia a la insulina, causando diabetes entre otros padecimientos.

Para enfrentar esta epidemia de obesidad y sobrepeso, la evidencia científica muestra la importancia de un abordaje integral. Es decir, no hay una sola intervención que pueda resolver por sí sola el problema. Se requiere de la implementación de un conjunto de medidas integrales y de abordaje multisectorial. Las políticas fiscales idealmente deben estar acompañadas de otras políticas como la mejora en el etiquetado, control de la publicidad, mejor acceso a alimentos y bebidas saludables, y políticas que faciliten y promuevan la lactancia materna.

En este sentido, el incremento de impuestos a productos de consumo ordinario como las bebidas azucaradas, implementados en diversas regiones del mundo han demostrado ser las estrategias más costo-efectivas en términos de reducción de la demanda. Varias revisiones sistemáticas de la literatura demuestran la efectividad de estas políticas y sugieren que los incrementos de impuestos deben ser ajustados al nivel de inflación, como una medida para asegurar que no pierdan su efectividad con el paso del tiempo.

Por décadas, en varios países los impuestos aplicados a bebidas azucaradas fueron establecidos con el fin de generar recursos para el Estado. Pero durante los últimos años, el interés en utilizar impuestos para bebidas azucaradas con fines extra fiscales se ha incrementado significativamente. Por ejemplo, Estados Unidos, Noruega (1981), Samoa (1984), Australia (2000), Polinesia (2002), Fiji (2006), Nauru (2007), Finlandia (2011), Hungría (2011) y Francia (2012), han implementado impuestos a los refrescos y las bebidas azucaradas, como medidas de salud pública.

El tipo y el nivel de los impuestos entre países son muy variados y para la mayoría es una medida reciente. Por lo tanto, la evidencia de los efectos de impuestos a la salud es reciente también.

En este sentido, de conformidad con la evidencia publicada, se destacan 7 grandes conclusiones:

1. La proporción ideal del impuesto. El impuesto debe ser de al menos 20% para tener un impacto en la obesidad y en las enfermedades cardiovasculares. La evidencia de impacto es más fuerte por impuestos a refrescos y bebidas azucaradas.

2. Finalidad de los recursos generados. Varios investigadores concluyen que los impuestos deben estar combinados con subsidios enfocados a familias pobres. Por ejemplo, para:

a. aumentar la accesibilidad y disponibilidad de agua potable
b. promover un cambio hacia el consumo de bebidas y comida saludables
d. mejorar la atención a la salud
e. promover cambios en la agricultura e industria hacia comidas y bebidas saludables

3. Los impuestos a qué bebidas deben ir enfocados. Varias investigaciones mencionan la importancia de considerar los cambios en consumo hacia sustitutos no deseados que puede disminuir el impacto buscado. Entonces, se tiene que considerar la integralidad de los impuestos a todas las bebidas azucaradas para evitar sustituciones.

4. Regresividad y progresividad. Hay mucha discusión sobre el tema de la regresividad de impuestos a las bebidas azucaradas y a la comida no saludable. Estos impuestos son regresivos para esos consumos no saludables, pero no para sus alternativas más saludables; de hecho, viéndolo en forma integral, el resultado final es progresivo porque los impuestos protegen contra las enfermedades crónicas que son empobrecedoras.

Es decir, los grupos de bajo ingreso consumen más comida no saludable y tienen más alto niveles de enfermedades relacionadas con dietas no saludables que pueden aumentar sus gastos en salud y bajar sus ingresos debido a su ausencia del trabajo por su mala salud. Entonces, el impacto positivo de salud sería más en grupos de bajos ingresos. Además, la evidencia muestra que estos grupos son más sensibles a cambios en los precios por lo que los impuestos tendrán mayor impacto sobre sus hábitos. Entonces es importante estudiar el impacto de forma integral para ver si el resultado final es progresivo.

5. Tipo de impuesto. Hay elementos sobre la experiencia en impuestos al tabaco que apuntan a que es mayormente recomendado establecer un impuesto específico, en vez de un impuesto ad valorem que está calculado como un porcentaje del precio e idealmente debería ser un impuesto mixto. En el caso de las bebidas azucaradas, un impuesto calculado por gramos o mililitros del producto es el mecanismo más apropiado.

6. Medidas para potenciar el impacto. Es mejor que el consumidor considere el precio del producto con el impuesto incluido en lugar de añadir el impuesto al momento de pagar.

Asimismo, es deseable que el impuesto se ajuste sistemáticamente al nivel de inflación esperado.

7. La aceptabilidad de impuestos. La aceptación por la población en general es más fuerte cuando el público entiende que los impuestos son para mejorar la salud y el bienestar de la población.

En resumen, el incremento del sobrepeso en las últimas décadas en el mundo (incluyendo México) no es por causas genéticas, sino derivado de nuestros entornos obesogénicos. Entonces la prioridad debe ser el desarrollo y fortalecimiento de las políticas públicas para revertir las características de los entornos obesogénicos —como una parte de un abordaje integral y multisectorial—. Se reitera que las políticas fiscales deben estar acompañadas de otras políticas como la mejora en el etiquetado, control de la publicidad, mejor acceso a alimentos y bebidas saludables, y políticas que faciliten y promuevan la lactancia materna y la actividad física.

En muchas partes del mundo, los gobiernos han abdicado su responsabilidad para enfrentar el enorme problema de la obesidad y el sobrepeso. Algunos gobiernos están dejando depender un cambio de hábitos en los individuos a pesar de su entorno no saludable; sin embargo, la pandemia de obesidad no será revertida sin el liderazgo del gobierno; sin un abordaje multisectorial liderado al más alto nivel; sin la regulación; sin la inversión en programas de prevención; sin políticas que favorezcan entornos saludables; sin sensibilización del público, sin el monitoreo; sin la investigación para entender qué funciona mejor en cada contexto; sin el apoyo de la sociedad civil y los medios de comunicación.

México es el primer consumidor de refrescos a nivel mundial con 163 litros por persona al año, consumo 40% mayor que el de un estadounidense promedio con 118 litros al año y de conformidad con un estudio reciente de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) de julio 2013, México ocupa la tasa más alta de obesidad en adultos de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Ante este grave problema, la OPS/OMS reconoce al Estado mexicano su preocupación y voluntad política para combatir el problema de la obesidad en México, reflejada en su propuesta de Reforma Hacendaria al establecer un impuesto especial a las bebidas azucaradas como medida de reducción de la demanda. Sin embargo, consideramos que para que el impuesto sea realmente efectivo y logre el impacto deseado en términos de la disminución de los problemas de sobrepeso, obesidad y diabetes, es necesario que éste sea establecido en al menos $2 pesos por litro, o como mínimo el 20% del precio de venta.

Hoy por hoy, el Estado mexicano está ante una oportunidad histórica y el mundo tiene fijados sus ojos en México. Las políticas fiscales son una opción en el menú de opciones políticas recomendadas por OPS/OMS. México tiene un papel muy importante que jugar liderando como ejemplo ésta lucha, la cual eventualmente servirá de ejemplo para otros países de la región y de otras regiones del mundo.

Fuente: www.paho.org/mex/index.php?option=com_content&view=article&id=627:los-impuestos-a-los-refrescos-y-a-las-bebidas-azucaradas-como-medida-de-salud-publica&catid=827:noticias.

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