Comida chatarra en las universidades
Por: Julio Salazar de El Poder del Consumidor | @elpoderdelc
31 de enero, 2017. El pasado 18 de enero, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 104/2017. En este proyecto los ministros debían determinar si la prohibición de vender alimentos y bebidas procesados en universidades implicaba una restricción injustificada a la libertad de trabajo y de comercio de la COMPAÑÍA EMBOTELLADORA DEL FUERTE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, o, por el contrario, si se acredita constitucionalmente que estos productos pueden restringirse para proteger el derecho a la salud de los universitarios. La Constitución establece que la libertad de trabajo se puede limitar por resolución judicial cuando se ataquen los derechos de terceros o por resolución gubernamental cuando se ofendan los derechos de la sociedad. De tal forma, la sentencia debía analizar si la medida cabía en estas excepciones.
En primer lugar, la sentencia no analiza la pregunta constitucional que planeta. La resolución emitida no analiza las excepciones, es decir, no se examinaron cuáles son las razones de mayor peso: la libertad de trabajo de la empresa o el derecho a la salud de la sociedad.
Así, el análisis de la Suprema Corte se limitó a señalar que los productos de la refresquera son legales y que los estudiantes de las universidades son mayores de edad y estos tienen libre autodeterminación sobre qué consumir. Por tanto, no se puede prohibir la venta de estos productos.
En segundo lugar, la sentencia ni si quiera es acordé a los precedentes de la SCJN respecto a la libre determinación de las personas. El último precedente respecto a la libre determinación de las personas de la SCJN fue el amparo en revisión respecto al uso recreativo de mariguana.
En dicha sentencia la SCJN concluyó que no existía evidencia que acreditara que el uso de la mariguana afectaba a la salud, por lo cual la prohibición no era idónea para proteger el derecho a la salud de las personas. Por tanto, es una medida inconstitucional. Es necesario destacar que para llegar a tal conclusión la SCJN hizo un amplio análisis de la evidencia científica sobre el tema.
En el caso que nos interesa, las cuestiones respecto a los efectos negativos a la salud de las bebidas azucaradas han sido ampliamente exploradas por la comunidad científica y por organizaciones internacionales, por lo que actualmente existe certeza de que son productos nocivos para la salud. De tal forma, una medida que permita ambientes que promuevan la disminución del consumo de dichos productos es constitucional.
Pese a lo anterior, la sentencia parte de la premisa de que los alimentos y bebidas procesados no afectan la salud de las personas. Incluso, sin hacer análisis alguno, afirma que no hay evidencia de dicha relación, con lo cual da un espaldarazo a la industria refresquera y desconoce la labor de cientos de científicos y de organismos internacionales.
Independientemente de lo alarmante que es concluir esto sin allegarse de ninguna evidencia científica, resulta preocupante que las autoridades normalicen y respalden los ambientes obesogénicos.
Además de esto, contrario a la comunidad científica y a los organismos internacionales, la Corte consideró que resultaría negativo desincentivar el consumo de estos productos, pues afectaría las finanzas de las empresas.
De acuerdo con la Corte la solución es educar a los estudiantes en cuestiones de nutrición, pero mantener el ambiente obesogénico. No dice a quién le corresponde dicha obligación ni establece medidas para que alguna vez pase.
Así, la SCJN abrió la puerta a la comida chatarra en las universidades. Ahora cualquier empresa que presente su amparo contra las normas que prohíben que se vendan estos productos en universidades se beneficiará de este precedente y, eventualmente, podrá vender sus productos con el respaldo de las autoridades.
Este tema no es menor, con esto el incremento de casos de sobrepeso, obesidad y diabetes seguirá aumentando, en una población cuyo 71% de adultos mayores de 20 años ya sufre obesidad y tenemos 10 millones de personas con diabetes.